lunes, 5 de agosto de 2013

Licencias para enajenar bienes de un menor de edad por escritura pública

Consulta No. 1968 ante la Oficina Asesora Jurídica 
Superintendencia de Notariado y Registro 


Para: DOCTORA CARMEN LOPEZ CÁRDENAS 
Registradora (E) Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Andres 
ofiregissanandres©supernotariado.gov.co 

Asunto: Licencias para enajenar bienes de un menor de edad por escritura 
pública CN5 Escritura Publica 

Radicación: SNR2013ER024052 

Fecha: 29 de Mayo de 2013 

Respetada Doctora Carmen López Cardenas 

En la consulta elevada ante la Superintendencia de Notariado y Registro se expusieron los siguientes
hechos: 

"Por el presente me dirijo a usted con el fin de solicitarle su valiosa colaboración en el sentido de ilustrarme en el siguiente caso:

Entró para registro una Escritura que contiene la venta del 50% de los derechos de un menor de edad, en la cual la Licencia para enajenar dicho inmueble la otorgó un Notario de Barranquilla, dicho documento fue devuelto sin registrar por la siguiente causal: 

'El documento sometido a registro no contiene la licencia Judicial para ejercer  actos de disposición de bienes inmuebles del menor de edad (Art. 649 y siguientes C. de P.Cf:"